Por SONIA PÉREZ D.
CIUDAD DE GUATEMALA (AP) — El Congreso de Guatemala reformó el Código Penal y la Ley Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas para prohibir las relaciones sexuales de mayores de edad con niñas o niños menores de 18 años, confirmó el miércoles el diputado oficialista y proponente de la iniciativa, Raúl Barrera.
La reforma aprobada en la víspera busca corregir “un error” que anteriores legislaturas cometieron, como cuando en 2015 se prohibió el matrimonio infantil, pero no las relaciones sexuales con menores, explicó el diputado. “Este cambio es drástico, es un cambio cultural enorme y es para proteger a las niñas”, acotó.
Paula Barrios, coordinadora de la organización Mujeres Transformado el Mundo dedicada al acompañamiento integral de niñas y adolescentes víctimas de violencia sexual, dijo el miércoles que no conocía del todo la reforma, aunque señaló que persisten dudas sobre los alcances de los cambios.
“Hay duda de los alcances de la ley, del enfoque y objetivos, de lo que se pretende con la redacción tal cual quedó, se espera que no sea la restricción del ejercicio de la sexualidad en adolescentes”, planteó Barrios
La coordinadora de la organización explicó que los cambios a la ley deben ir acompañados de educación integral en sexualidad “con herramientas para que los jóvenes puedan ejercer su protección y no criminalizarlos (si existe un consentimiento eventual)”, dijo.
Barrera refirió, por su parte, que en 2009 se creó la ley Contra la Violencia Sexual, Explotación y Trata de Personas donde se fijó que la edad mínima para tener relaciones sexuales era de 14 años, “legalizándose el abuso a niñas”.
En 2015, el Congreso modificó el Código Penal para prohibir el matrimonio infantil pero no elevó el mínimo de edad para tener relaciones sexuales. “Entonces las niñas quedaron en un estado de indefensión, fue devastador”, afirmó Barrera.
“Ahora ya está prohibido expresamente las relaciones entre adultos y menores de edad, se considerarán una violación sexual, aunque se invoque que hubo consentimiento de la parte del menor, porque aún así es una relación inapropiada”, agregó.
El cambio en la ley se realizó con 123 votos a favor, cinco en contra y 32 con licencia o ausencias, de 160 diputados al Congreso. Los cambios entrarán en vigencia cuando sean publicados en el Diario Oficial.
Según el Observatorio en Salud Reproductiva (Osar) en Guatemala en el año 2025 se registraron 56.889 nacimientos de niñas entre 10 y jóvenes de 19 años, de estos 2.101 fueron de niñas madres entre 10 y 14 años. Mientras que en 2006 se habían registrado 15.618 nacimientos de madres menores de 19 años, de estos 531 fueron de niñas madres de entre 10 y 14 años.
El diputado Barrera recordó que en la última década se han registrado poco más de 100 mil nacimientos de madres menores de edad, de los cuáles siete de cada 10, el padre es mayor de 20 años.
Los cambios a la ley también incluyen tipificar las relaciones sexuales entre adultos y menores como violación, aumentar dos años la prisión a quién cometa este delito, el cual sube de 12 a 14 años máximo de cárcel.
En Guatemala por ley también existe un Registro Nacional de Agresores Sexuales que incluye a personas condenada por delitos sexuales.




